Dos sentencias recientes del Tribunal de Justicia de la Unión Europea van a hacer que se cuestione toda la legislación laboral española actual.
Hace unos días, una primera sentencia de este Tribunal de la UE advertía a España que es ilegal encadenar contratos temporales para una actividad que requiere un contrato fijo, es decir "permitir la renovación de nombramientos de duración determinada para cubrir necesidades permanentes y estables, a pesar de que existe un déficit estructural de puestos de personal fijo, infringe el acuerdo marco”. La sentencia se refiere al sector sanitario (parte de la denuncia de una enfermera que en un hospital público de Madrid encadenó 7 contratos temporales para hacer un trabajo continuado durante 3 años hasta 2013).
Estos contratos encadenados son parte del paisaje español desde hace unas décadas (que nos lo digan a nosotros), aunque se trató de limitarlos en tres "renovaciones" en gobiernos anteriores, pero en posteriores mandatos --incluidos los progresistas de ZP-- estas limitaciones fueron desapareciendo (1).
En otra sentencia de ayer, el mismo tribunal obliga a indemnizar con la misma cantidad los contratos temporales y los fijos (parte en este caso de otra denuncia de una empleada interina en el Ministerio de Defensa). La sentencia plantea que no sólo no deben existir diferencias en las indemnizaciones de los distintos tipos de contratos temporales (los interinos no cobran nada al ser despedidos, mientras que la mayoría de los temporales reciben 12 días por año trabajado al terminar su contrato), sino que no debe haberlas entre los temporales y los indefinidos (que cobran 20 días por año trabajado si sufren un despido objetivo, que es el que se produce –entre otras- por causas económicas, técnicas o relacionadas con la producción de la empresa). (2)
Según CC.OO. estas sentencias pueden afectar a unos 4 millones de trabajadores españoles (ellos manejan perfectamente el tema de la temporalidad y conocen bien el asunto) y creen que puede servir como precedente para reivindicar mejoras en las contrataciones y paliar los desastrosos efectos de los contratos por temporadas. Las sentencias afectan también a los empleos públicos.
Pero la experiencia nos lleva a ser pesimistas y esperar cualquier respuesta de los órganos legislativos españoles como respuesta a los europeos. Por ejemplo que, en el caso de que se vean obligados a equiparar los derechos de contratos temporales con indefinidos, no se haga a favor del trabajador (oh sorpresa) sino a la baja. Es decir, que se tienda cada vez más a aquel contrato único, pero con los derechos igualados por la parte desfavorable hacia el empleado.
Recordamos de pasada que todas estas modificaciones en las condiciones laborales vienen marcadas por la mayor o menor presión que sobre Patronal y empresarios realicen los sindicatos y, sobre todo, la unión de los trabajadores. Por aquello de ver las barbas del vecino remojar, recordemos también que hace días el primer ministro de Italia, Matteo Renzi, siguiendo el sentido común y la sensatez propias de la política moderna, anunció que iba a poner fin a la "cómoda vida de los funcionarios", eliminando los puestos fijos y los trienios. (3)
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